Suspensión del Certificado Único para empresas que no hayan cumplido con la Ley 18.930
Tras el reciente comunicado por parte de la Auditoría Interna de la Nación, organismo de control de Uruguay, informando que comunicaría al organismo fiscal uruguayo la nómina de sociedades anónimas al portador que no hubiesen cumplido con la obligación de registrar sus accionistas ante el registro del Banco Central del Uruguay de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.930, la Dirección General Impositiva anunció que se procederá con la suspensión del Certificado de Vigencia Anual de las sociedades anónimas al portador identificadas por la Auditoria Interna de la Nación como incumplidoras de las obligaciones consagradas por la Ley 18.930.